CC Santo Domingo de Silos

viernes, 3 de diciembre de 2021

El coordinador de bienestar: Nueva figura educativa

El coordinador de bienestar: la nueva figura educativa que protege a los menores

Proteger de la violencia a los niños y jóvenes es el objetivo de esta nueva figura que tendrá que estar presente en los centros a partir del curso que viene. Te contamos en qué consiste, quién puede adquirir este nuevo rol y los beneficios de implantarla en los centros.

El pasado abril se aprobó en el Congreso de los Diputados la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, también conocida como LOPIVI. Con esta norma, España se convierte en el primer país del mundo en tener una legislación pionera orientada exclusivamente a la protección de niños y adolescentes. 

Entre las claves más destacadas se encuentra la creación de una estrategia relacionada con la protección integral de niños y jóvenes a través de medidas para diferentes niveles de actuación (sensibilización, prevención y detección precoz) y en distintos ámbitos como el familiar, sanitario, deportivo o educativo, entre otros; un enfoque preventivo con el objetivo de constituir entornos seguros para la infancia; la inclusión del principio del buen trato garantizando el desarrollo holístico y la no discriminación de los niños en ninguno de los ámbitos mencionados o reforzar el derecho de niños y jóvenes a ser escuchado, entre otras cuestiones. 

La ley en el ámbito educativo: el coordinador de bienestar

Pero, ¿cómo afecta esta nueva ley al ámbito educativo? La principal novedad es la introducción de una nueva figura en los centros a partir del curso que viene: la del coordinador de bienestar y protección. 

Algunas de las principales funciones de este nuevo rol educativo, tal y como señala el texto jurídico, se basa en la promoción de planes de formación sobre prevención, detección precoz y protección de los niños, niñas y adolescentes, dirigidos tanto al personal que trabaja en los centros como al alumnado; el fomento de medidas que aseguren el máximo bienestar para los niños, niñas y adolescentes, así como la cultura del buen trato a los mismos o impulsar entre el personal del centro y el alumnado la utilización de métodos alternativos de resolución pacífica de conflictos. 

“Se encargará de hacer de nexo, de movilizar y posibilitar recursos, competencias y acciones para velar por la protección y el buen trato en la escuela”, comenta Begoña Ruiz, psicóloga y educadora en la cooperativa para la promoción humana y el desarrollo comunitario Bidegintza S.Coop. Una definición en la que también coincide Sonja Uhlmann, responsable de Protección de la Infancia en British Council: “Es la persona que centralizará y coordinará las acciones que la comunidad educativa ha decidido poner en marcha para que los niños y niñas crezcan en el mejor entorno posible convirtiendo al centro educativo en un entorno protector”. 

Uhlmann continúa subrayando que la presencia de esta figura no reemplaza a otros agentes como servicios sociales, policía o autoridades sanitarias. “Consiste en contribuir a que los centros educativos se conviertan en un entorno de protección, donde se refuerce la prevención de la violencia, se detecte de forma precoz, se actúe sobre ella y donde se acompañe a aquellos estudiantes que la están sufriendo o la han padecido”.

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