En la Comunidad de Madrid la Ley 9/2010, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público permite desgravar parte de las cantidades destinadas a la escolaridad y vestuario en Educación Básica Obligatoria, así como a la enseñanza de idiomas.
Esto se debe a su fuerte apuesta por un sistema de colegios concertados donde sí es obligatorio el uso de uniforme.
El sistema funciona mediante porcentajes, de forma que se puede desgravar un porcentaje de los gastos en cada una de las siguientes áreas:
El 15% de los gastos de escolaridad.
El 10% de los gastos de enseñanza de idiomas.
El 5% de los gastos de adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar.
La deducción total no podrá superar los 400 euros por hijo para quienes tuviesen derecho a desgravar por la enseñanza en idiomas y la adquisición de vestuario escolar y ascenderá a 900 euros por cada hijo que además incluya los gastos de escolaridad que, según está redactado el texto, son exclusivos de las escuelas privadas al 100%.
En cualquier caso, la base imponible de los contribuyentes no podrá superar en euros la cantidad resultante de multiplicar por 30.000 el número de miembros de dicha unidad
Recuerda pedir factura de tus gastos y.....aplícate el descuento!!!
Información obtenida: http://impuestosrenta.com
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